Portada » ¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal?
La plusvalía municipal es el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). El impuesto trata de gravar el aumento del valor de un inmueble durante los años de posesión hasta su transmisión. Es decir, este impuesto se paga únicamente cuando se vende, dona o hereda una vivienda.
Esto significa que en el momento en que vayas a vender una propiedad, ya sea un piso o una casa, la plusvalía calculará en cuánto se ha revalorizado tu propiedad durante todo este periodo de tiempo (desde su posesión hasta su transmisión).
¿Cuándo se paga la plusvalía municipal?
El impuesto de plusvalía municipal solamente deberá pagarse en el momento que decida vender, donar o heredar una vivienda.
El plazo para abonar la plusvalía municipal depende del motivo de transmisión.
La plusvalía municipal es un impuesto que debe liquidarse en el momento de transmisión de un bien. Hay que tener en cuenta que, dependiendo del tipo de acto, el impuesto debe cubrirlo una parte u otra.
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Para calcular la plusvalía municipal hay que tener en cuenta tres variables:
La primera, es el valor catastral del suelo en el momento en el que se realizó la transferencia del bien. Este valor se puede consultar en el recibo del IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles).
La segunda variable a tener en cuenta es el periodo de tiempo que has sido dueño, es decir, los años transcurridos desde que se adquirió el inmueble hasta que se transfirió.
La tercera y última variable es el tipo de gravamen. Este lo define cada ayuntamiento, pero en ningún caso puede exceder el 30%.
Para determinar el importe exacto de la plusvalía hay que multiplicar el valor del terreno por el número de años que se ha tenido la propiedad y el porcentaje anual de gravamen que determina cada ayuntamiento.
Para calcular la cuota que se tiene que pagar por la plusvalía municipal, se debe multiplicar la base imponible por el impuesto municipal (es diferente en cada municipio).
Recordemos que, hasta ahora, la base imponible se calculaba multiplicando las tres variables descritas anteriormente. BI= Valor catastral * Tiempo de posesión * Tipo de gravamen.
Con la nueva reforma del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) aparecen dos nuevos métodos de cálculo de la base imponible: plusvalía real y sistema objetivo.
Veamos entonces cómo se realiza el cálculo en ambos casos:
La plusvalía real, calculada en base a la diferencia entre el valor de adquisición del terreno y el valor de venta. Para calcular la base imponible en función de la plusvalía real deberá aplicarse la siguiente fórmula:
BI= Valor de transmisión de la vivienda – Valor de adquisición de la vivienda * Porcentaje del valor catastral del terreno
El método objetivo para calcular la base imponible de la plusvalía municipal consiste en multiplicar el valor catastral del terreno por el coeficiente determinado por el municipio. Este sistema refleja las evoluciones del mercado inmobiliario.
BI= Valor catastral del terreno * Coeficiente aprobado por el ayuntamiento
Cuando se abona el importe de la plusvalía municipal fuera de término, el ayuntamiento exige el pago y como consecuencia se debe pagar un interés por demora.
Si vendiste tu casa entre el 26 de octubre del 2021 y el 10 de noviembre del 2021, con las recientes modificaciones de la plusvalía municipal (vigente en noviembre 2021) no te corresponde pagar el tributo. Esto se debe a que no se puede aplicar ni la normativa antigua ni la nueva.
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Si heredaste o recibiste en donación un inmueble antes del 26 de octubre del 2021, y estás dentro del plazo de 6 meses previstos para liquidar el impuesto, pero todavía no lo has hecho, debes declarar la transmisión pidiendo al ayuntamiento que no dicte liquidación.
Otra alternativa es autoliquidar la plusvalía, pero con valor cero, sin cuota, porque no hay normativa para calcularla.
Si has presentado la documentación para liquidar la plusvalía, pero aún no has recibido una carta de pago u otra notificación del ayuntamiento, debes recurrir la liquidación porque probablemente te hayan aplicado la normativa vieja.
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